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Juzgado de lo Penal Ceuta, n.º 1, 76/2020, de 12 de mayo. Recurso 79/2020

Ponente: MARIA DEL CARMEN SERVAN MORENO
SP/SENT/1049303
 Se aprecia delito de resistencia por el comportamiento hostil, agresivo e irrespetuoso del acusado ante el requerimiento efectuado por los agentes, pues no solo hubo incumplimiento de la obligación de confinamiento
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Ceuta se incoaron el día 22-4-20 las Diligencias Urgentes nº 66/20, origen de este procedimiento.
SEGUNDO.- Practicadas las diligencias indispensables, se convocó a las partes a la audiencia prevista en el artículo 798 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, audiencia en la que se acordó la continuación del procedimiento y la apertura del juicio oral.
En el mismo acto, el Ministerio Fiscal, al amparo de lo dispuesto en el artículo 800.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, presentó escrito de acusación contra D. Erasmo como autor criminalmente responsable de un delito de atentado, previsto y penado en el artículo 550 del Código Penal y un delito leve de lesiones del artículo 147.2 del Código Penal y solicitó que fuese condenado respectivamente a las siguientes penas:
3 años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo.
3 meses de multa a razón de 15 euros diarios con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. En concepto de responsabilidad civil, interesó que el acusado fuese condenado a indemnizar al Policía Nacional nº NUM002 en 180 euros por las lesiones sufridas.
El letrado del acusado solicitó plazo para la presentación del escrito de defensa.
Concedido el plazo y pre