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AN, Sala de lo Penal, Sec. 4.ª, 1/2021, de 18 de enero. Recurso 11/2019

Ponente: FERMIN JAVIER ECHARRI CASI
SP/SENT/1079528
 El plazo prescriptivo por el delito de administración desleal agravado es de diez años, siendo continuado empieza a contar cuando termina el último acto y ese plazo no ha transcurrido, por lo que no hay prescripción
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 No existió disposición fraudulenta por parte de los acusados sino una dación en pago para provocar la reestructuración de la deuda que un cliente tenía con la entidad: no hay objeto del delito de administración desleal
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 No hay responsabilidad civil ex delito por cuanto no se ha declarado responsabilidad penal de los acusados, presupuesto para el nacimiento de aquella
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 No ha quedado acreditada ninguna disposición de dinero que hubiera podido dar lugar a una apropiación indebida
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Las presentes actuaciones se iniciaron en virtud de auto de fecha 16 de febrero de 2015 dictado en el seno de las Diligencias Previas nº 170/2011, del Juzgado Central de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional, por el que acordaba la formación de la presente Pieza Separada denominada "TIP Restructuraciones".
SEGUNDO.- Tras la práctica de las diligencias de investigación que se estimaron necesarias, en fecha 27 de febrero de 2019, el citado órgano judicial acordó seguir las actuaciones por los trámites del Procedimiento Abreviado respecto de los investigados Doña Adoracion, D. Arturo, D. Evaristo, en concepto de autores; y D. Humberto, en concepto de cooperador necesario, por si los hechos a ellos imputados fueren constitutivos de un delito de administración desleal, sin perjuicio de la calificación que resultare definitiva.
A su vez decretaba el sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto de D. Vidal, D. Jose Ignacio, Doña Eloisa, Doña Encarnacion, y D. Carlos Daniel.
Tras la presentación de los correspondientes escritos de calificación por parte de las acusaciones, se dictó auto de apertura de juicio oral de fecha 16 de marzo de 2019 contra aquellos, por un delito de administración desleal, figurando como responsable civil directo la entidad aseguradora "Caser Seguros y Reaseguros" respecto de la cantidad de 37.737. 178, 18 euros, en favor del Fondo de Garantía de Depósitos,