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TSJ Aragón, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 6/2021, de 10 de febrero. Recurso 7/2021

Ponente: MANUEL BELLIDO ASPAS
SP/SENT/1092454
 No puede calificarse de consumo compartido al no poder identificar el acusado a dos de los cuatro consumidores ni qué drogas iba a tomar cada uno o si se iba a hacer en lugar cerrado
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 El conjunto de sustancias intervenidas impide apreciar atipicidad por cantidad insignificante, dado que por su peso, pureza y variedad no resultan inocuas
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 La gran variedad de sustancias intervenidas junto con imanes metálicos usados para esconder drogas bajo los vehículos evidencian que la actividad de tráfico de drogas no era esporádica, por lo que no puede aplicarse el tipo atenuado del delito
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en su Procedimiento abreviado nº 433/2020, con fecha 21 de octubre de 2020 dictó sentencia en la que se consideraron probados los siguientes hechos:
""HECHOS PROBADOS:
UNICO.- Ildefonso, mayor de edad, con antecedentes penales no computables, sobre las 20,30 horas del día 26 de mayo de 2.019, se dirigía a la discoteca Torreluna, sita en la avenida Cesáreo Alierta de Zaragoza portando en sus bolsillos 2,4 gramos de resina de cannabis y en su ropa interior, dos papelinas con un peso total de 1,27 gramos conteniendo anfetamina con una riqueza del 32,82% y cocaína con una riqueza del 32,82%, una papelina con un peso de 0,54 gramos de anfetamina con una riqueza del 75,56%; una papelina con un peso de 0,86 gramos de cocaína con una riqueza del 55,31% y 3,47 gramos de MDMA con una riqueza del 79,06%. Estas sustancias las llevaba el acusado para venderlas en la citada discoteca.
Agentes del CNP, intervinieron al acusado las referidas sustancias e igualmente le intervinieron 470 euros, sin que se haya acreditado procedencia de dicho numerario, y 18 imanes metálicos que tenía en su coche marca Porsche Boxster estacionado en las cercanías, imanes usados para esconder la droga en los bajos del vehículo.
Los 1,17 gramos de anfetamina y cocaína tenían un Valor de 33,08 euros en el mercado ilícito, los 1,49 gramos de Cocaí