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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 528/2021, de 17 de junio. Recurso 10011/2021

Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
SP/SENT/1104991
RESUMEN

Delito contra la salud pública, de sustancia que causa grave daño a la salud: subtipo privilegiado del art. 368 pf. II CP y compatibilidad con el subtipo agravado de establecimiento abierto al público del art. 369.1.3ª CP; problemática en cuanto a la individualización de la pena: en primer lugar pasar por el subtipo privilegiado, para luego conformar la agravación.

 La cocaína estaba escondida en el bar dentro de la cámara frigorífica en una lata de Coca-cola envuelta en papelinas de dos tamaños para ser suministrada en el establecimiento: no se considera un acto aislado sino tráfico con vocación de continuidad
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 Reducción de las penas al aplicar la reducción por el tipo básico del art. 368.2 CP y posteriormente la agravación por ocurrir el tráfico en establecimiento abierto al público
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - En el procedimiento abreviado 2/2020 (dimanante del PA 29/2019, seguidas en el Juzgado de Instrucción nº 3 de San Javier), seguido ante la Audiencia Provincial de Murcia, con fecha 16 de marzo de 2020, se dictó sentencia condenatoria para Ángela y Eutimio como responsables de un delito contra la salud pública, que contiene los siguientes Hechos Probados:
" Eutimio, titular del establecimiento, condenado por sentencia firme de 3 de julio de 2018 de la Audiencia Provincial de Murcia Sección Tercera a la pena de 1 año y 6 meses por un delito de tráfico de drogas, pena que le fue suspendida el 3 de julio de 2018 por un plazo de 4 años, y su empleada la acusada Ángela, sin antecedentes penales, guardaban en la cámara frigorífica de la barra del Bar La Tijana, sito en la calle Río Arosa número 2 de Torre Pacheco, que atendían ambos por turnos, entre auténticas latas y botellas de refrescos, una lata de Coca Cola acondicionada para guardar objetos en su interior, y que ocultaba cocaína envuelta en papelinas de dos tamaños, preparada para ser suministrada en el establecimiento a clientes del mismo, aprovechando así el negocio de hostelería para esta otra actividad. No existen datos sobre ningún acto concreto de suministro de droga en el establecimiento con anterioridad al 30 de junio de 2019.
En la noche de ese día, efectivos de la Guardia Civil, en el marco de labores de vigilancia rutinaria de establecimientos de hostelería, cuando