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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 579/2021, de 1 de julio. Recurso 4109/2019

Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
SP/SENT/1106864
RESUMEN

Acusación por apropiación indebida, insolvencia punible, estafa y administración desleal. En primera instancia se condena por los dos primeros y se absuelve por los dos últimos. Hay un recurso de apelación, previo al de casación, que absuelve del delito de insolvencia punible y en casación se confirma la sentencia de apelación. Recurso del acusado: i) acusado en concurso de acreedores que, con invocación del art. 50.4 de la Ley Concursal de 2003, pretende la nulidad del juicio, por no haberse traído al administrador del concurso, que se rechaza por ser cuestión que se plantea en el recurso, no en la instancia; porque el administrador sería parte contingente, no necesaria, y podía haber interesado el propio acusado que se la llamase, y porque el que no sea traída a juicio no impide la aplicación del art. 112 y hacer un pronunciamiento sobre la responsabilidad civil en el proceso penal, sin perjuicio de que sus efectos se canalicen en procedimiento concursal; ii) se cuestiona que un contrato de leasing sea título para el delito de apropiación indebida, lo que se rechaza. Recurso de la acusación: i) vulneración de precepto constitucional, que encierra una queja por la valoración de la prueba hecha por el tribunal de apelación, que lleva a absolver por el delito de alzamiento de bienes: tratamiento del principio de unidad de alegaciones, al ser motivo no recogido en el escrito de preparación del recurso y solo en el de interposición que se rechaza, y una segunda queja por la distinta valoración que hace de la prueba el tribunal de apelación sobre la que se hacen consideraciones de carácter general, con posibilidades de entrar en motivos por "error facti" y diferenciando el tratamiento asimétrico según se trate de sentencias condenatorias o absolutorias; iii) se rechaza la pretensión de condena por el delito de estafa al solicitarse "per saltum", ya que no se recurrió la absolución en apelación; iv) también se rechaza la de delito de administración desleal, por cuanto el acusado no tiene la condición de administrador ni se precisa la cuantía del perjuicio; v) y también se rechaza la del delito de insolvencia punible, dadas la muy importante reducción, como consecuencia de la estimación del recurso de apelación, de las cantidades que llegó a disponer el acusado, así como porque se descarta que tuviera finalidad fue el de ocultarlas, distraerlas o conseguir de otro modo que quedaran fuera del alcance de sus acreedores.

 No es requisito imperativo el emplazamiento de la administración concursal a la pieza de responsabilidad civil si esta no se ha personado
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 Validez del título del contrato de leasing para generar obligación de restitución a efectos del delito de apropiación indebida
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 Ni se prueba que el acusado fuera administrador ni se considera que ocultara sumas, las distrajera o las pusiera fuera del alcance de sus acreedores, creando situaciones ilícitas: no hay delito de administración desleal
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el Procedimiento Abreviado 857/2018 (dimanante del PA 187/2018, seguidas en el Juzgado de lo Penal nº 1 de Zaragoza), seguido ante la Audiencia Provincial de Zaragoza, con fecha 7 de marzo de 2019, se dictó sentencia condenatoria para Luis Miguel como autor de un delito de insolvencia punible y de un delito de apropiación indebida, que contiene los siguientes Hechos Probados:
"PRIMERO.- En fecha 9 de diciembre de 2010 el acusado Luis Miguel y su esposa Isabel adquirieron bajo el régimen matrimonial consorcial una farmacia situada en el no 1 de la CALLE000 de Zaragoza por un importe de 1.635.000 €;. constando exclusivamente la farmacia a nombre del primero dada su condición de farmacéutico. La ruptura de la convivencia matrimonial se produjo en el mes de septiembre del año 2015 pese a Io cual ambos cónyuges continuaron trabajando en la farmacia.
SEGUNDO.- En fecha 22 de marzo de 2016 la esposa presentó una demanda de medidas provisionales previas al Divorcio que dio lugar a la correspondiente ejecución. Además y en el mismo año se seguían contra el acusado los siguientes procedimientos judiciales: Ejecución de Títulos Judiciales nº 158/16 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Zaragoza, procedimiento Ordinario nº 8862/16 promovido por D. Baldomero, padre de la esposa, en reclamación de 150.270,34 en concepto de devolución de un préstamo, Juicio de desahucio no 669/16 promovido ante el Juzgado de Primera Instancia