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AP Valladolid, Sec. 2.ª, 224/2021, de 21 de octubre. Recurso 21/2019

Ponente: JUAN MIGUEL DONIS CARRACEDO
SP/SENT/1118772
 Para la prueba preconstituida de exploración de menores no es necesaria la presencia de expertos, es facultativa
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 Abusos sexuales con prevalimiento al realizar tocamientos el monitor del campamento de verano sobre los menores, teniendo este 35 años y los menores entre 10 y 12
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 Responsabilidad civil directa por daños morales derivada de los abusos sexuales del acusado y subsidiaria de la empresa para la que prestaba los servicios de monitor, en cuya sede ocurrieron los delitos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Las presentes actuaciones se instruyeron por un presunto delito de ABUSO SEXUAL A MENORES DE 16 AÑOS practicadas las oportunas diligencias se convocó a las partes a juicio oral, que se celebró en los días 27,28,29 y 30 de Septiembre de 2.021 y 1 de octubre de 2.021, y a cuyo acto comparecieron quienes se relacionan en el acta levantada al efecto.
SEGUNDO.- Él Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de once delitos de ABUSO SEXUAL A MENORES DE 16 AÑOS, así como otros dos con carácter continuado, concurriendo en todos ellos la agravante de prevalimiento, de los artículos 74 y 183.1 y 4d CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando se impusiera al acusado, las siguientes penas:
Por cada uno de los once delitos de abusos sexuales a menores de 16 años, conforme a lo dispuesto en el art. 192.2 del C.P, a las penas de cinco años de prisión por cada uno de ellos, y accesoria legal de inhabilitación especial para para el derecho de-sufragio pasivo durante el mismo tiempo.
Y la de seis años de prisión por cada uno de los dos delitos continuados de abuso sexuales a menor de edad de 16 años, concurriendo también la agravante especifica de prevalimiento.
Conforme a lo dispuesto en el art. 192.3 del C.P. la de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no