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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 746/2022, de 21 de julio. Recurso 10067/2022

Ponente: SUSANA POLO GARCIA
SP/SENT/1155749
 Innecesariedad de la prueba testifical de los agentes de la DEA (agencia estadounidense de control de drogas), dado que en las actuaciones procesales en España no intervino ninguno de ellos, al tratarse de diligencias preprocesales
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 La declaración del acusado sobre la aportación de dinero para un negocio con el que iba a triplicar su inversión sin saber nada, sugiere la existencia de un negocio ilícito como la droga, del que era jefe de la organización en España
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 Correlación entre las sustancias entregadas por la Policía Nacional y las analizadas por el Instituto Nacional de Toxicología: la mera duda del recurrente no basta para aceptar la ruptura de la cadena de custodia al no haber indicios de ello
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 No hubo delito provocado por agentes encubiertos, la decisión del recurrente apareció de forma libre y anterior a la intervención de estos, que actuaron por iniciativa de los autores del tráfico de drogas
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 Entrega controlada de drogas: no hay tentativa de delito por la falta de posesión mediata de la droga, pues el delito de tráfico de drogas en su modalidad de transporte se consuma desde el encargo
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 Delito de tráfico de drogas agravado por la cantidad de droga de notoria importancia (790 kg de cocaína) y llevarse a cabo a través de una red internacional que operaba entre Colombia y España
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado Central de Instrucción nº 3 de Audiencia Nacional, instruyó el procedimiento Sumario nº 3/2019, por delitos contra la salud pública, una vez conclusa la instrucción, lo remitió a la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, donde se dictó sentencia nº 15/2021, de fecha 26 de mayo de 2021, que contiene los siguientes Hechos Probados:
"PRIMERO. -
1.- Probado y así se declara que en enero de 2018 se inició por parte de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado Central (UDYCO) perteneciente a la Policía Nacional una investigación acerca de una trama de personas integrada en España por individuos de nacionalidad española y albanesa que se dedicaba al transporte y distribución en nuestro país de cocaína, sustancia que causa grave daño a la salud, traída desde Colombia por vía aérea, grupo de personas que actuaba al menos desde el segundo semestre de 2017, e investigación que comienza a partir de las noticias y comunicaciones que recibe la UDYCO de la Agencia de Control de Drogas estadounidense, DEA, los días 18 de noviembre de 2017, 10 y 30 de enero de 2018, en una de las cuales se le hace saber a la Policía española de un envío inminente de sustancia estupefaciente a España, solicitando la entrega controlada del dinero que se había de entregar por dicha entrega.
A partir de esta comunicación, se autoriza por la Fiscalía Antidroga mediante Decreto de 31 de enero de 2018,