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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 834/2022, de 21 de octubre. Recurso 4564/2020

Ponente: SUSANA POLO GARCIA
SP/SENT/1161829
 De los documentos elevados en la casación no se desprende voluntad alguna del acusado de reparación de los efectos o consecuencias de su acción defraudadora
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción nº 2 de Marchena, instruyó el Procedimiento Abreviado nº 45/2015, por delito de estafa, contra Remigio y otro, y una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Cuarta, para su enjuiciamiento en el Procedimiento Abreviado nº 11850/20, cuya Sección dicto sentencia nº 110/20, de fecha 12 de marzo de 2020, que contiene los siguientes Hechos Probados:
" Declaramos expresamente probados los siguientes HECHOS:
PRIMERO.- Remigio era en 2006, y desde fecha anterior, administrador solidario de la entidad Rubercon SAL, cargo que siguió ejerciendo al menos hasta 2013, siendo, de hecho, la única persona que dirigía la mercantil y adoptaba todas las decisiones comerciales y empresariales, siendo él, en concreto quien, de forma exclusiva, decidió e intervino en los hechos que a continuación se detallarán.
SEGUNDO.- En virtud de contrato privado firmado el 9 de enero de 2006, Remigio, actuando en representación de Rubercon SAL, vendió al matrimonio formado por Santiago y Rosa la vivienda sita en el n° NUM000 de la CALLE000 de la localidad de Marchena, de las que dicha entidad estaba construyendo, y ello por un precio de 114.245,63 euros, con la intención de los compradores de establecer allí su residencia habitual. De dicho precio, los compradores habían entregado previamente 4.808,10 euros, más el importe correspondiente al IVA, en concepto de reserva; en e