CARGANDO...

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 760/2015, de 3 de diciembre. Recurso 412/2015. Con Comentarios

Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
SP/SENT/835090
 El acusado tuvo conocimiento de la acusación por falsedades contables aunque no estuviera incluida en el auto de transformación, por lo que esta incorreccion no produjo vulneración material y efectiva del derecho de defensa
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Dilaciones indebidas: supuesto de "muy cualificadas"
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Instrucción número 2 de Alcoy se tramitó Procedimiento Abreviado núm. 28/2006, contra Maximo por delito de insolvencia punible y delito societario y una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Alicante cuya Sección Décima (Rollo P.A. núm. 1/2014) dictó Sentencia en fecha 18 de diciembre de 2014 que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS :
"Resulta probado y así se declara que:
1.- El acusado Maximo es administrador de la sociedad GRACOL, S.L. , con domicilio social en Alcoy, calle Filá Navarros, nº 33, sociedad que mantuvo relaciones comerciales con la mercantil HILATURAS COYDI, S.A., emitiendo dos pagarés para pago parcial de las deudas contraídas de importe 1.227.440.-pts, equivalentes a 7.377 Ž06 C y 1.012.768.- pts, equivalentes a 6.086Ž86 C, con vencimientos los días 15 y 25 de junio de 1997 respectivamente. Los pagarés relacionados que resultaron impagados a su vencimiento motivaran la incoación del juicio ejecutivo nº 254/1997, que se tramitó en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alcoy, practicando la diligencia de citación de remate el día 10 de diciembre de 1997, en la calle Filá Navarros, nº 33, que no pudo llevarse a efecto porque ese inmueble esta ocupado por la sociedad Decortex Tapizados, S.L. Ante esta situación se pretendió practicar la diligencia de citación de remate y embargo en la calle San Nicolás, nº 161 de la ciudad de Alcoy, constituida por una vivienda de aproximadamen