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TSJ Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 14/2016, de 31 de mayo. Recurso 6/2016

Ponente: SUSANA POLO GARCIA
SP/SENT/856678
 Acreditado por los jurados que se había producido el pacto del precio o recompensa por la muerte del abogado, se confirma la comisión del delito de conspiración de asesinato imputado
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 La intervención de los conspiradores debe calificarse como coautoría de los hechos, sea cual fuere la participación de cada uno en la comisión de la conspiración
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 Los jurados declaran probado en atención a las testificales que los acusados llevaban la cara cubierta, por lo que se confirma la agravante de disfraz
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 Las paralizaciones del proceso en la causa compleja no pueden entenderse como extraordinarias y por ello no procede la atenuante por dilaciones indebidas como cualificada
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 La indemnización por el asesinato deberá abonarse a las hijas del fallecido y a la pareja que convivía en aquel momento con el finado, no a la expareja del mismo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - El Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado, Dn. Francisco Javier Tejeiro Dacal, designado en la Sección Décimo Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, dictó el 12 de noviembre de 2015 sentencia , en la que se declararon probados los siguientes hechos:
"Los hechos declarados probados tras emitir el Jurado su veredicto son los siguientes:
Los hechos declarados probados tras emitir el jurado su veredicto son los siguientes:
APARTADO A : Respecto de los hechos alegados en relación a la cuestión principal que el jurado considera probados
PRIMERO .- Aproximadamente sobre las 21,30 horas del día 18 de diciembre de 2008, D. Primitivo conducía el vehículo Mercedes de su propiedad, en compañía de su pareja, Dña. Hortensia , accediendo al garaje de su domicilio sito en la CALLE000 , nº NUM000 de Madrid, momento en el que dos personas se dirigieron a la parte izquierda del vehículo y uno de ellos, con una pistola semiautomática del calibre 9mm corto, efectuó dos disparos a la cabeza de la víctima con el propósito de causarle la muerte, dándose a continuación a la fuga.
SEGUNDO .- A consecuencia de esos disparos, D. Primitivo falleció a las 11,30 horas del día 19 de diciembre de 2008, por parada cardiorespiratoria secundaria a la afectación de centros vitales, en el Hospital "Gregorio Marañón" de Madrid.
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