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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 593/2016, de 6 de julio. Recurso 10121/2016

Ponente: JOSE RAMON SORIANO SORIANO
SP/SENT/864767
 No procede apreciar el delito de homicidio, pues el acusado aprovechó que su ex mujer estaba dormida para estrangularla, lo que demuestra al situación de desvalimiento propia de la alevosía y la actuación sorpresiva
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 Aunque el acusado y la víctima se hubiesen divorciado en Marruecos, convivían juntos en el momento de los hechos por circunstancias económicas, siendo de aplicación la agravante de aprentesco
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 El acusado y la víctima vivían juntos y aunque el mismo utilizase la noche para la agresión, no procede entender aplicable la agravante del artículo 22.2 CP
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 Aunque el acusado confesó cuando no estaba detenido ni investigado, y aclaró la investigación en punto muerto, la atenuante por confesión no se aprecia muy cualificada, ya que el mismo intentó despistar la investigación
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 El hecho de que tras la discusión el acusado abandonase la vivienda hace suponer que no medió arrebato y obcecación en el asesinato, y que la misma no fuese de la entidad que lo hubiese provocado
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Seguido por la Audiencia Provincial de Almería, Sección Segunda, el procedimiento del Tribunal del Jurado, dimanante de la causa incoada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Almería bajo el nº 1 de 2014 de Ley de Jurado, se dictó sentencia con fecha 27 de mayo de 2015 , que contiene los siguientes Hechos Probados: El Jurado ha declarado expresamente probados los siguientes hechos, delito objeto de condena y demás cuestiones que se sometieron a su veredicto y que, a continuación se relacionan: 1°.- El acusado, Jorge , provisto con NIE NUM000 , mayor de edad y sin antecedentes penales, y Bernarda , NIE- NUM001 , ambos de nacionalidad marroquí, residentes en España, se divorciaron en Marruecos en el verano de 2.013. Bernarda , no teniendo otro lugar donde alojarse, venía haciéndolo en la vivienda de Jorge , domicilio donde ambos convivieron anteriormente, sito en la localidad de Campohermoso, Almería. Unanimidad. 2°.- Jorge , con finalidad de acabar con la vida de Bernarda , entre las 23,00 y las 00,00 horas del día 30 de septiembre de 2.013, cuando ambos se encontraban en el domicilio que había sido común, esperó a que ella se durmiera y entonces, aprovechando tal circunstancia, se abalanzó sobre ésta, apretándole el cuello con gran fuerza, sin que Bernarda pudiera zafarse de él ni repeler el ataque ni tampoco pedir auxilio, asegurándose el acusado el resultado buscado, cogiendo una cuerda, que previamente había guardado bajo la cama, la que enroscó fuertemente en el cuello de la víc