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AP Palencia, Sec. 1.ª, 28/2017, de 20 de abril. Recurso 20/2017

Ponente: IGNACIO JAVIER RAFOLS PEREZ
SP/SENT/906486
 Los policías vieron como paseaban juntos pese a la orden de alejamiento, lo que impide apreciar que fue un encuentro casual y puntual: hay delito de quebrantamiento
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- El Juzgado de lo Penal de Palencia, con fecha 21 de febrero de 2017, dictó Sentencia en la causa indicada, pronunciando el siguiente Fallo: "Que debo condenar y condeno a Florentino , como autor responsable criminalmente de un delito de quebrantamiento de condena, ya definidos, sin concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, a la pena de ocho meses de prisión, y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, imponiéndole el pago de las costas procesales".
SEGUNDO .- En los antecedentes de hecho de la sentencia anteriormente indicada se relatan los hechos que el Juez de instancia estima probados y se recogen las conclusiones definitivas formuladas por las partes, antecedentes que se aceptan de manera expresa por la presente Sentencia; siendo el relato de hechos probados el siguiente: "Resulta probado y así se declara que por sentencia firme de 22 de julio de 2016 del Juzgado de Instrucción nº 6 de Palencia se impuso al hoy acusado Florentino la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de Tania , su persona, su residencia, lugar de trabajo a menos de 200 metros , así como la prohibición de comunicarse con ella, ambas por tiempo de dos años, requiriéndole en esa misma fecha debidamente y apercibiéndole de incurrir en caso de incumplimiento de las prohibiciones en un delito de quebrantamiento. Que pese a conocer el acusado las prohibiciones y las consecuencias d