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AP Murcia, Sec. 2.ª, 291/2017, de 11 de julio. Recurso 61/2017

Ponente: JAIME BARDAJI GARCIA
SP/SENT/916075
 No se cumple el requisito de procedibilidad para reclamar el impago de la pensión alimenticia, pues debió denunciar la hija mayor de edad y no su madre
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el procedimiento de referencia se dictó sentencia de fecha 28 de Diciembre de 2016 en la que constan como Hechos Probados los siguientes: "Unico.- Resulta aprobado y así se declara que la Ilma. Audiencia Provincial de Murcia, sección 4ª dictó sentencia en fecha 14 junio 2012 al conocer del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 27 enero 2011 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Lorca en los autos de juicio de medidas paterno filiales y económicas seguidos en dicho juzgado con el número 552/2010 imponiendo a Sabino , nacido en Lorca el día NUM000 1961 con DNI NUM001 y sin antecedentes penales, la obligación de abonar a Isidora en concepto de pensión de alimentos a favor de los tres hijos habidos de la relación de pareja que ambos mantuvieron, la cantidad total de 750 €;, 250 €; por cada hijo, con efectos desde la presentación de la demanda, cantidad a satisfacer dentro de los cinco primeros días de cada mes por mensualidades anticipadas y que se actualizaría anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC que señale el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya, así como la mitad de los gastos extraordinarios relativos a los hijos comunes. En fecha 13 enero 2015 Isidora compareció en el Puesto de la Guardia civil de Lorca denunciando que su ex compañero sentimental Sabino con el que convivió unos 16 años y tiene tres hijos en común, en el mes de septiembre de 2013 dejó de pagar la pensión de 250