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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 644/2017, de 2 de octubre. Recurso 10019/2017

Ponente: JOSE RAMON SORIANO SORIANO
SP/SENT/921577
 Resulta correctamente inaplicado el artículo 579 bis.4 CP, así como la individualización de la pena, a pesar de la reforma del Código Penal, pues queda probado que el acusado participó en el transporte de explosivos y no es un acto de menor gravedad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en la ejecutoria nº 25/2014, dimanante de sumario nº 1/2013, con fecha 21 de noviembre de 2016 dictó Auto que contiene los siguientes Antecedentes de Hecho:
""PRIMERO.- En la presente causa, D. Constantino ha sido condenado por Sentencia firme dictada en fecha 23 de Diciembre de 2014 como autor de un delito consumado de colaboración con banda armada, en su modalidad de tenencia y transporte de explosivos para colaborar a los fines de la organización terrorista Resistencia Galega, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de siete años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante todo el tiempo de la condena, y al pago de la mitad de las costas procesales de la instancia. SEGUNDO.- Por la representación procesal del condenado se presentó escrito de fecha 18/10/2016, interponiendo Recurso de Súplica contra el Auto de fecha 06/10/2016 , denegatorio de la petición de revisión de sentencia. De dicho asunto se dio traslado al Ministerio Fiscal, que se opone al recurso en dictamen emitido en fecha 02/11/2016, reiterándose en el informe emitido con anterioridad de fecha 28/09/2016"".
SEGUNDO.- El citado Auto contiene la siguiente Parte Dispositiva:
""LA SALA ACUERDA: DESESTIMAR el recurso de súplica interpuesto por la representación proc