TS, Sala Segunda, de lo Penal, 772/2017, de 29 de noviembre. Recurso 753/2017
Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
SP/SENT/929915
No existe identidad sustancial del relato de los hechos por el que se absolvió a los procesados en los procesos anteriores y el de autos, por lo que no se produce vulneración del principio non bis in idem
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No puede entenderse producido el delito de administración desleal, pues el préstamo litigioso era real y el dinero se entregó, por lo que la no devolución del mismo impide la subsunción en el precepto indicado
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No constituye negocio jurídico criminalizado el impago de un préstamo a la cooperativa de viviendas que no le ha sido devuelto, por la alegación de ser alto el interés pactado
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción número 1 de Burgos incoó Diligencias Previas , Procedimiento Abreviado, con el número 1808/2011, por delitos de estafa, falsedad y administración desleal contra Luis Miguel , y contra Belen y una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Burgos cuya Sección Primera dictó, en el Rollo n.º 23/2014, sentencia el 1 de febrero de 2017 , con los siguientes hechos probados:
« PRIMERO .- Tras la apreciación en conciencia de las pruebas practicadas en el Plenario y previa deliberación , por la unanimidad de los miembros de esta Sala se considera probado y expresamente se declara:
Que en fecha 1 de abril de 2.004 se celebra asamblea de constitución de la Cooperativa de Viviendas Fuente Catalina, a la cual asisten 25 potenciales cooperativistas, se plasma en escritura pública notarial de fecha 21 de abril del mismo año, adoptándose entre otros acuerdos, la aprobación de los estatutos, la aportación de 60 €; por cada socio, nombrándose el Consejo Rector de la misma, en el cual acepta el cargo de presidenta Marta , Vicepresidente Eladio , secretaria la hoy acusada Belen e interventora a Estefanía .
Que en dicha fecha, 21 de abril de 2014, se celebra contrato por parte de los miembros del Consejo Rector, Marta , Eladio , y con la mercantil MD SOLIDEL, de la que es representante el acusado Luis Miguel , por el cual se establece que esta última se encargará de la gestión d