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AP Zaragoza, Sec. 3.ª, 141/2018, de 2 de abril. Recurso 71/2017

Ponente: MIGUEL ANGEL LOPEZ LOPEZ DEL HIERRO
SP/SENT/947622
 Autores del delito de estafa por proveer chatarra con cantidades estériles superiores a las habituales que no son útiles para su transformación en acero, con el consiguiente desplazamiento patrimonial
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 Complicidad en la estafa de quien no tiene el dominio del hecho pero coadyuva, transportando la mercancía de chatarra, siendo consciente de la cantidad de estériles que contenía, y haciendo entrega del dinero recogido
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 Hay codelincuencia y no grupo criminal por cuanto este se trata de un grupo de personas organizadas para la consecución de una pluralidad de delitos y no solo de uno, como en este caso es la estafa
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 Declaración de oficio de las costas por el delito por el que resultaron absueltos y respecto de los acusados que fueron también absueltos, imponiéndose el resto a los acusados condenados
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En virtud de denuncia se incoó por el Juzgado de Instrucción Número Siete de Zaragoza la presente causa, en la que fueron acusados Efrain Manuel , Mario Landelino , Felicisima Filomena , Candido Marcelino , Bruno Baldomero , Hermenegildo Benjamin , Carmelo Benedicto , Marcial Benito , Hipolito Cipriano , Jenaro Mario , Donato Jeronimo , Constancio Bartolome y Jenaro Borja contra los que se abrió el juicio oral y evacuado el trámite de calificación por todas las partes, previa elevación de los autos a esta Audiencia, se señaló la vista oral, que ha tenido lugar el día 12 de marzo de 2018.
SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, ha calificado los hechos:
1º.- Los hechos son constitutivos de un delito continuado de estafa de los artículos, 248.1 , 250.5 ° y 74 del Código Penal y de un delito de grupo criminal del art. 570 ter.1.b. del Código Penal .
2º.- Bruno Baldomero , Hermenegildo Benjamin , Carmelo Benedicto , Marcial Benito , Efrain Manuel , Mario Landelino , Candido Marcelino y Jenaro Borja son autores del delito de estafa y del delito de grupo criminal, conforme al art. 28 del Código Penal :
3º.- Guillerma Hortensia , Donato Jeronimo , Jenaro Mario , Constancio Bartolome y Hipolito Cipriano son cómplices del delito de estafa, conforme al art. 29 Código Penal .
4º.- No concurren circunstancias modificativas de la r