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TC, Sala Segunda, 36/2018, de 23 de abril. Recurso 1846/2016

Ponente: Juan Antonio Xiol Ríos
SP/SENT/954596
 El Tribunal Supremo se limitó a resolver sobre el consumo compartido argüido por el Ministerio Fiscal marginando cualquier reinterpretación o revisión de los hechos probados
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 La imposibilidad de materializar la audiencia personal de los acusados dándoles la oportunidad de dirigirse directamente al Tribunal que iba a resolver sobre su culpabilidad exterioriza el acogimiento del amparo
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. Por escrito presentado el 5 de abril de 2016 en el registro general del Tribunal Constitucional, se interpuso por la Procuradora de los Tribunales doña Rosa Sorribes Calle, en nombre y representación de don Lorenzo Colombo, don Francesco Molon y don Maurizio Vissani, asistidos por el Letrado don Alexandre Girbau Coll, recurso de amparo contra la Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 5 de octubre de 2015 que estimó el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la Sentencia de la Sección Vigesimosegunda de la Audiencia Provincial de Barcelona de 10 de marzo de 2015 y contra el Auto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 2016 que desestimó el posterior incidente de nulidad de actuaciones.
2. Los hechos relevantes para el examen de la pretensión de amparo son los siguientes:
a) El Juzgado de Instrucción núm. 28 de Barcelona incoó las diligencias previas núm. 956-2013 contra don Francisco Molón, don Lorenzo Colombo y don Maurizio Vissani, en las que el Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública en la modalidad de tráfico de drogas que no causan grave daño a la salud y de un delito de asociación ilícita, por los que solicitó la imposición a cada uno de los acusados de las penas de dos años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 10.700 € con 60 d