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AP Valencia, Sec. 5.ª, 486/2018, de 21 de septiembre. Recurso 1029/2018

Ponente: MARIA PILAR ESTHER ROJO BELTRAN
SP/SENT/974325
 Hay delito leve de maltrato animal pues el acusado se desentendió de los cuidados del perro de su propiedad, poniendo en peligro su vida
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia apelada declaró probados los siguientes hechos: " A finales del mes de noviembre del año 2016, Baltasar era el encargo de hecho de cuidar y alimentar a un perro llamado " Chispas ", el cual permanecía en una caseta abandonada sita en partida Morredondo, detras del Toll de LŽAlberca, de la localidad de Torrent. No obstante lo anterior, durante una semana aproximadamente dejó de acudir a darle comida y bebida, poniendo la vida del animal en peligro de morir."
SEGUNDO.- El Fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Baltasar , como autor de un delito leve de maltrato animal previsto en el artículo 337 bis del Código Penal , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de tres meses, con una cuota diaria de 5 euros, y la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas; todo ello con su condena al pago de las costas procesales."
TERCERO.- Notificada dicha sentencia a las parte, se interpuso contra la misma recurso de apelación por la representación de D. Baltasar , que sustancialmente fundó en vulneración de la presunción de inocencia, solicitando se revoque la sentencia de instancia y se le absuelva del delito leve de maltrato animal.
CUARTO.- Admitido el recurso, y tras d