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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 544/2018, de 12 de noviembre. Recurso 10294/2018

Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
SP/SENT/978390
 Es correcta la subsunción de los hechos en un delito de atentado agravado; cuando los agentes dieron el alto al recurrente, este embistió a uno de ellos con su motocicleta, arrastrándole; se trata de un acometimiento con instrumento peligroso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - El Juzgado de lo Penal número seis de los de Málaga, con fecha 27 de octubre de 2017 dictó sentencia en la que se declararon probados los siguientes hechos:
" Se declara expresamente probado que Luis Angel, mayor de edad y con números antecedentes penales por delito atentando, pena a extinguir en fecha 5 de febrero de 2017, tal y como consta documentado en la hoja histórica penal, sobre las 20,15 horas del día 28 de agosto de 2017, fue observado por agentes del Cuerpo Nacional de Policía encargados de la represión del tráfico de sustancias estupefacientes, cuando se dirigía conduciendo la motocicleta matrícula ....XGD a un domicilio de la calle Salares de esta capital, del que salía instantes después, conduciendo la motocicleta hacia calle Cómpeta.
Al infundirle sospechas, les siguieron en el vehículo policial y, llegados al semáforo en fase rojo en la intersección entre Avenida gen de la Cabeza y Corregidor José Viciana, con los medios acústicos y luminosos encendidos, le cortaron el paso con el vehículo policial, saliendo del mismo la funcionaria del cuerpo Nacional de Policía número NUM000, pidiéndole que apagara el motor. Lejos de eso, el acusado la embistió con la motocicleta, arrastrándola durante dos metros y dándose a la fuga velozmente por la calle Corregidor José Viciana. La agente resultó con lesiones que precisaron una primera asistencia facultativa y un día no impeditivo.
El agente núme