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AP Barcelona, Sec. 4.ª, 216/2018, de 27 de noviembre. Recurso 76/2018

Ponente: CLAUDIO ALEJANDRO MONTERO FERNANDEZ
SP/AUTRJ/981310
 La parte demanda consintió el desistimiento por lo que no se imponen las costas a ninguna de las partes
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En fecha 22 de enero de 2018 se han recibido los autos de Juicio verbal ( Desahucio precario - 250.1.2) 140/2017 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Badalona a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Marta Pradero Rivera, en nombre y representación de BANCO SABADELL S.A. contra Auto de fecha 25 de septiembre de 2017 y en el que consta como parte apelada la Procuradora Anna Serrat Carmona, en nombre y representación de Justiniano
Segundo. El contenido de la parte dispositiva del Auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "SE SOBRESEE el presente proceso, pudiendo la parte actora promover nuevo juicio sobre el mismo objeto. Todo ello con expresa imposición de las costas a la parte demandante. Se declara finalizado el proceso"
Tercero. El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos, y se designó ponente a la Ilmo. Magistrado Claudio Alejandro Montero Fernandez.
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo, que ha tenido lugar el día 13/11/2018.
Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Posiciones de las partes, decisión del juez y recurso.
BANCO SABADELL S.A. presenta demanda de juicio verbal de desahucio por precario contra ignorados ocupantes de la finca sita en la CALLE000 nº NUM000 - NUM001 planta NUM002 puerta NUM003 de Badalona. Compareciendo Justiniano interesando la suspensión del procedimiento en tanto no le designaran abogado y procurador de oficio, siendo designados, desistiendo, no obstante, la parte demandante del procedimiento, al haber recuperado la posesión de la finca.
El Auto de primera instancia sobresee el procedimiento con expresa imposición de costas a la parte actora.
Frente a dicha resolución, la representación procesal de BANCO SABADELL S.A. interpone recurso de apelación en el que alega, en síntesis que, conforme al artículo 22.1 de la Lec, no procede la imposición de costas a ninguna de las partes.
En base a lo anterior, solicita se dicte resolución por la que se revoque la de primera instancia, sin imposición de costas a ninguna de las partes.
La representación procesal de Justiniano se opone al recurso, al considerar que no es posible oponerse al desistimiento por motivos de fondo. Se subraya que la Ley no ha regulado expresamente el "supuesto hibrido" de que el demandado acepte poner fin al proceso y a la vez solicite la condena en costes.
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