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SP/DOCT/72803

Opinión. Noviembre 2018

La creación de los Juzgados especializados en cláusulas suelo y su posterior declaración de legalidad

Miguel Guerra Pérez. Director Técnico de Sepín Proceso Civil. Abogado
La creación de los mal llamados "Juzgados especializados en cláusula suelo" ha estado rodeada de polémica desde su origen.
Vaya por delante que tal denominación popular no es correcta pues conocen cualquier materia relacionada con las condiciones generales en préstamos con garantías reales inmobiliarias y no solo las cláusulas suelo.
Pero vayamos al punto de partida.
En el Boletín Oficial del Estado n.º 126, de 27 de mayo de 2017, se procedió a la publicación del Acuerdo de 25 de mayo de 2017 (SP/LEG/21991) de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuía a 54 Juzgados el conocimiento de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.
Ello supuso la especialización de determinados Juzgados para conocer, entre otras materias, de las cláusulas suelo. Igualmente se atribuía el recurso de apelación a las Secciones especializadas en lo Mercantil de las Audiencias Provinciales.
Contra dicho Acuerdo se presentó toda una batería de recursos por organismos diversos: la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), el Consell de l'Advocacia Catalana, el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), el Colegio de Abogados de Ávila y diversos jueces acudieron al Tribunal Supremo pretendiendo la n