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SP/DOCT/81845

Jurisprudencia Comentada. Marzo 2019

El TC se pronuncia: la Ley 5/2018, de 11 de junio, no vulnera el derecho a la inviolabilidad del domicilio ni a una vivienda digna TC, Pleno, 28-2-2019 SP/SENT/994068

Kristina Nikolaeva Georgieva. Redacción Jurídica de Sepín Proceso Civil
Comentario
Como consecuencia de la compleja y dura realidad socioeconómica, se ha producido, en los últimos años, un considerable número de desahucios de personas y familias en sobrevenida situación de vulnerabilidad económica y de exclusión residencial. Por esta razón el día 12 de junio de 2018, el BOE publicó la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas (SP/LEG/24248).
La Ley 5/2018, de 11 de junio, consta de un artículo único, una disposición adicional y dos disposiciones finales. El artículo único reforma la Ley de Enjuiciamiento Civil, añadiendo un apartado 4 al art. 150, modificando el numeral 4.º del apdo. 1 del art. 250, e incorporando un apdo. 3 bis al art. 437, un apdo. 1 bis al art. 441 y un apdo. 1 bis al art. 444. Con ello se pretende, según el preámbulo, adecuar y actualizar el tradicional interdicto de recobrar la posesión para una recuperación inmediata de la vivienda ocupada ilegalmente. La disposición adicional de la Ley 5/2018 ordena a las Administraciones públicas competentes establecer medidas ágiles de coordinación y cooperación con los responsables de los servicios sociales, a fin de dar respuesta adecuada y lo más inmediata posible a aquellos casos de vulnerabilidad que se detecten en los procedimientos conducentes al lanzamiento de ocupantes de viviendas.
Con fecha 11 de septiembre de 2018 se presentó un recurso de inconstitu