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TJCE/TJUE, Sala Primera, de 19 de diciembre de 2019

SP/SENT/1028311

Recurso C-453/18. Ponente: C. Toader.

Proceso monitorio europeo: el juez puede reclamar de oficio al acreedor la información complementaria para comprobar la eventual existencia de cláusulas abusivas 
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ANTECEDENTES DE HECHO
Las peticiones de decisión prejudicial tienen por objeto la interpretación de los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29; corrección de errores en DO 2015, L 137, p. 13), del artículo 7, apartado 2, letras d) y e), del Reglamento (CE) n.º 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un proceso monitorio europeo (DO 2006, L 399, p. 1), y del artículo 38 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»), así como la validez del Reglamento n.º 1896/2006.
Estas peticiones se han presentado en el contexto de dos procesos monitorios europeos entre Bondora AS y, por un lado, el Sr. Carlos V. C. y, por otro, XY, en relación con el cobro por parte de la primera de las deudas derivadas de contratos de préstamo.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
Directiva 93/13
El artículo 1 de la Directiva 93/13 dispone:
«1. El propósito de la presente Directiva es aproximar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados entre profesionales y consumidores.
2. La
s cláusulas contractuales que reflejen disposiciones legales o reglamentarias imperativas, así como las disposiciones o los principios de los convenios internacionales, en especial en el ámbito de los transportes, donde los Estados miembros o la Comunidad son parte, no estarán sometidos a las disposiciones de la presente Directiva.»A tenor del artículo 3, apartado 1, de esta Directiva:<div class="Texto_N

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