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TJCE/TJUE, Sala Sexta, de 14 de mayo de 2020. Recurso C-266/19

Ponente: integrado por M. Safjan
SP/SENT/1047492
 Aunque el comerciante publicite el documento de información al consumidor sobre el desistimiento, debe facilitar el número de teléfono para que el consumidor pueda comunicarle su eventual decisión de hacer uso de tal derecho
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ANTECEDENTES DE HECHO
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 6, apartados 1, letras c) y h), y 4, de la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO 2011, L 304, p. 64), en relación con su anexo I, letra A.
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre EIS GmbH, una empresa alemana de venta en línea, y TO, una de sus competidoras, en relación con el requerimiento, formulado por TO, que ejerce su actividad mercantil como persona física, contra EIS para que pusiera fin a su práctica comercial consistente en omitir en su sitio de Internet su número de teléfono dentro de la información relativa al derecho de desistimiento del consumidor.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
Los considerandos 4, 5, 7 y 34 de la Directiva 2011/83 exponen lo siguiente:
«(4) […] La armonización de determinados aspectos de los contratos a distancia y los contratos celebrados fuera del establecimiento con los consumidores es necesaria para promover un auténtico mercado interior para los consumidores, estableciendo el equilibr