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TS, Sala Primera, de lo Civil, 648/2020, de 30 de noviembre. Recurso 5518/2019

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/1074449
 Conforme a la Doctrina de la Sala y al art. 92 CC, al no haberse oído a los menores, ni haberse motivado sobre su propuesta de exploración, se estima la casación y se anula la sentencia para que la Audiencia los explore y dicte nueva sentencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- D. Jorge, representado por la procuradora Dña. Ana María Sánchez Jiménez y dirigido por la letrada Dña. Mónica Otero Carretero, interpuso demanda de juicio para modificación de las medidas establecidas en sentencia de divorcio contencioso contra Dña. Ofelia y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al juzgado se dictara sentencia:
"en virtud de la cual se acuerde:
"1.º Que se proceda a la modificación de la medida relativa a la guarda y custodia de los hijos menores siendo más beneficioso para los menores establecer un régimen de guarda y custodia compartida que se desarrollaría por períodos semanales con cada progenitor, según lo antes expuesto:
"Los hijos menores del matrimonio Mateo y Tamara quedarán bajo la guarda y custodia de ambos progenitores en sus respectivos domicilios por periodos de alternancia semanal entendiendo que los periodos van de lunes a lunes.
"Este régimen será alterado únicamente en las fiestas de Navidad, Semana Santa y vacaciones estivales, de la forma que se expresa a continuación y siempre en defecto de acuerdo.
"El progenitor que los haya tenido a su custodia en la semana los llevará al colegio el lunes por la mañana, donde el otro progenitor los recogerá a mediodía. En caso de que el lunes sea festivo, los llevará a la casa del otro proge