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TS, Sala Primera, de lo Civil, 217/2016, de 6 de abril. Recurso 638/2014

Ponente: XAVIER OCALLAGHAN MUÑOZ
SP/SENT/848283
 Configuración del retracto de comuneros como un derecho de adquisición preferente que permite a su titular adquirir la cosa después de haber sido transmitida a un tercero, en las mismas condiciones que éste
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 Entre las dos fincas no se da el presupuesto esencial de la comunidad, lo que produce el rechazo de la acción de retracto de comuneros
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 Se declara como doctrina jurisprudencial que unicamente procede estimar la acción de retracto de comuneros cuando recae sobre una cuota o porción de una cosa que sea propiedad pro indiviso de varios comuneros
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- La procuradora doña Mª Victoria Martínez García en nombre y representación de doña Florencia , interpuso demanda de juicio ordinario contra don Donato y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, suplicó al juzgado dicte sentencia por la que:
«Dando lugar a la estimación de las pretensiones de la demandante, de acuerdo con los fundamentos de hecho y de derecho relatados, concretamente: -que se declare el derecho a retraer de mi representada, y su derecho de adquisición preferente sobre la mitad de la casa, cercado de nogales y corrales, objeto de la presente demanda, en las mismas condiciones estipuladas entre la vendedora y el comprador ahora demandado. -Que se condene al demandado a facilitar la subrogación de doña Florencia en su lugar del comprador, en virtud de la transmisión que origina el presente retracto, y en consecuencia a otorgar escritura pública de venta en las mismas condiciones contenidas en la escritura de 9 febrero de 2011. -Todo ello con expresa condena de costas a la parte demandada.».
SEGUNDO.- El procurador don José Luis Marí en nombre y representación de don Donato , contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación terminó suplicando al Juzgado dictase sentencia:
«Por la que se desestime la demanda presentada por la actora, se absuelva a mi mandante de los pedimentos de la demanda y se i