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TS, Sala Primera, de lo Civil, 443/2018, de 12 de julio. Recurso 1344/2015

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ
SP/SENT/961849
 Falta de jurisdicción de los Tribunales Civiles: no se trata del arrendamiento de un inmueble para prestar un servicio por el arrendatario, sino de un contrato administrativo de arrendamiento de un servicio público de explotación de plazas de garaje
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- El procurador de los tribunales D. Antonio Cobos Bäckström
«[...] condene a la mercantil Delta Díez, S.L. a pagar al Cabildo de Gran Canaria las cantidades que deben en concepto de renta y que ascienden en su conjunto a la suma de 221.395, 51 euros, más los intereses legales a partir de la fecha de la interposición de la presente demanda y al pago de las costas causadas en el procedimiento.»
2.- Por decreto de 21 de marzo de 2013, se admitió a trámite la demanda, dando traslado a las partes para contestar.
3.- La procuradora de los tribunales D.ª Inmaculada García Santana, en nombre y representación de Delta Díez S.L, contestó a la demanda formulando excepción de litispendencia y suplicó al Juzgado:
« Tenga por presentado este escrito, documentos y copias, se sirva admitirlo, teniendo por formalizada, en tiempo y forma, la excepción de litispendencia instada por Delta Diez S.L contra Excmo. Cabildo de Gran Canaria y, previa su sustanciación, se estime dicha oposición y se dicte auto declarando:
»- Se estime la excepción de litispendencia planteada por esta parte, declarando la suspensión del presente proceso base al Art. 42.1 segundo párrafo, de la Ley de Enjuiciamiento Civil , hasta que recaiga sentencia en el procedimiento en trámite número 399/2012, seg