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TS, Sala Primera, de lo Civil, 442/2018, de 12 de julio. Recurso 3477/2015

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/962580
 Validez del acuerdo por el que se aprueba una derrama para sufragar gastos judiciales, al tener la consideración de gasto general, sin que sea perjudicial para el propietario litigante pues en ninguno de los casos se condeno en costas a la Comunidad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- D. Leonardo , representado por el procurador D. Carlos Sagaseta López y bajo la dirección del letrado D. Damián Montoya Martínez, interpuso demanda de juicio ordinario en materia de propiedad horizontal contra la Comunidad de Propietarios Edificio DIRECCION000 y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al juzgado se dictara sentencia:
«Por la que:
»1.- Se declare la nulidad del acuerdo adoptado en junta general ordinaria en fecha 4 de diciembre de 2013, contenido en el acta de dicha junta bajo el ordinal cuarto, en el contenido que se refiere a atribuir contribución a sufragar la derrama aprobada, por parte de las dos viviendas del actor, dejando sin efecto dicho acuerdo en ese pronunciamiento.
»2.- Se condene a la Comunidad demandada a estar y pasar por la anterior declaración.
»3.- Se impongan las costas procesales a la parte demandada, aunque se allanare, puesto que ha sido notificada fehacientemente de la decisión de interponer la presente demanda».
2.- La demandada Comunidad de Propietarios del Edificio DIRECCION000 NUM000 , representada por el procurador D. José María Molina Molina y bajo la dirección letrada de D. Juan Manuel Orenes Bastida, contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación terminó suplicando