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TS, Sala Primera, de lo Civil, 554/2018, de 9 de octubre. Recurso 621/2016

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ
SP/SENT/972825
 Nulidad de la sentencia, que debe ser devuelta a la instancia al haberse pronunciado sobre la inexistencia de las mayorías exigibles para la adopción del acuerdo, pues solo se pidió la declaración de que el acuerdo era contrario a la Ley
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- La procuradora doña Delfina Pariente Pouso, en nombre y representación de don Juan Francisco y de don Pedro Antonio, formuló demanda de juicio ordinario de impugnación de acuerdo de la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000, suplicando al Juzgado:
«se admita, y se tenga por formulada demanda de acción de impugnación del acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios de la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000, de fecha 24 de enero de 2014, en su extremo referente a la obligatoriedad de los propietarios del NUM000 y NUM001 a contribuir a los gastos generados por la instalación de los ascensores, al ser contrario dicho acuerdo a la Ley y a los estatutos, en los términos expuestos en la presente demanda. o subsidiariamente se declare que en todo caso quedarán exonerados los demandantes a contribuir a los referidos gastos con fundamento en lo dispuesto en el artículo 18.1 c) de la Ley de Propiedad Horizontal, todo ello con expresa condena en costas a la demandada.»
2.- Por decreto de 16 de junio de 2014 se admitió a trámite la demanda, dando traslado a las partes para contestar.
3.- La procuradora de los tribunales doña Tamara Paisal Outeiral, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000, contestó a la demanda formulada de contrario y suplicó al Juzgado:
«Se d