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AP Asturias, Oviedo, Sec. 6.ª, 135/2019, de 5 de abril. Recurso 90/2019

Ponente: MARIA ELENA RODRIGUEZ VIGIL RUBIO
SP/SENT/1004520
 Es nulo el acuerdo que deniega al propietario del local la autorización para hacer las obras precisas para adecuar el negocio cuando existe autorización estatutaria para ello
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. El Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Oviedo dictó Sentencia en fecha 2 de Enero de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Desestimo la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Cortadi Pérez, en representación de la entidad Sotiello XXI, S.L. frente a la Comunidad de Propietarios del edificio nº NUM000 de la CALLE000 de Oviedo y absuelvo a la demandada de los pedimentos contra ella dirigidos en el escrito de demanda.
Con imposición de las costas a la parte demandante."
SEGUNDO .- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del cual se dio el preceptivo traslado a las demás partes personadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 461 de la vigente Ley, que lo evacuaron en plazo. Remitiéndose posteriormente los autos a esta Sección y señalándose para deliberación, votación y fallo el día 05.04.2019.
TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Ejercita la actora, mercantil propietaria del local sito en el bajo del inmueble núm. NUM000 de la C/ CALLE000 de esta ciudad, acción tendente a obtener la declaración de nulidad de los acuerdos adoptados por la C. de Propietarios del mismo, en la Junta Extraordinaria celebrada el día 18 de octubre de 2017, referidos a la denegación de autorización para la realización de las obras de saneamiento, climatización y salida de humos necesarias para la adaptación del citado local al giro de hostelería.
Tal acción se funda en reputar que tales acuerdos eran contrarios al título constitutivo y estatutos de la comunidad que en este caso le autorizaban la realización de las mismas, invocando igualmente que habían sido adoptados con evidente abuso de derecho.
A la misma se acumuló la de indemnización de daños y perjuicios causados por la que estima indebida denegación de ejecución de obras de adaptación, que cifra en 373.992€;, y que se funda en haber supuesto esa negativa a autorizar las obras que la mercantil que iba a alquilar el citado local y se había comprometido a asumir los costes de adaptación a restaurante, desistiera de formalizar el contrato con la perdida que ello le supuso no solo de percepción de rentas durante 15 años, los dos primeros de obligado cumplimiento, cuyo importe se reclama, sino del incremento de valor (40%) del local que habría supuesto la ejecución de las obras de acondicionamiento para su uso como restaurante