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TS, Sala Primera, de lo Civil, 594/2021, de 13 de septiembre. Recurso 4392/2018

Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
SP/SENT/1112421
RESUMEN

Propiedad horizontal. Impugnación de acuerdos. Mancomunidad. Régimen legal. Propiedad horizontal de hecho. Transformación del sistema de calefacción. Mayorías. Relevancia de la inclusión en el acta de la relación de votantes y subsanación de su omisión.

 Recurso de Casación en virtud de los artículos 477.2.3º y 477.3 LEC por existencia de jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales
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 Procede la nulidad del acuerdo adoptado en la Mancomunidad, al no constar en acta la relación de los votantes a favor o en contra, y desconocerse las cuotas que suponen, ignorando si se reúnen o no las mayorías necesarias que requiere el art.17 LPH
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 Al no poderse constatar en este caso las cuotas de participación del acuerdo adoptado por la Comunidad, al desconocerse los votantes a favor y en contra del mismo, la omisión de aquellas en el acta deviene insubsanable
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- La procuradora D.ª Verónica Sanz Oña, en nombre y representación de D.ª Encarna y otros, interpuso demanda de juicio ordinario contra la Agrupación de Comunidad de Propietarios DIRECCION000 NUM000- NUM001- NUM002, DIRECCION001 NUM003 y DIRECCION001 NUM004, en la que solicitaba se dictara sentencia por la que:
"[...] acuerde en su día declarar no ajustados a derecho y por tanto nulos los acuerdos referidos en el cuerpo el presente escrito relativos a las Juntas de fechas 2 de junio de 2016 y 15 de julio de 2016. Con costas a la parte demandada".
2.- La demanda fue repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 18 de Zaragoza y se registró con el n.º 507/2017. Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de la parte demandada.
3.- El procurador D. Guillermo García-Mercadal y García Ligorri, en representación de la Agrupación de Comunidad de Propietarios DIRECCION000 NUM000- NUM001- NUM002, DIRECCION001 NUM003 y DIRECCION001 NUM004, contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitaba al juzgado:
"[...] dicte sentencia por la que estime la excepción e falta de legitimación activa de los demandantes para la acción de impugnación de acuerdos ejercitada, y desestime en todo caso la demanda, declarando ajustados a derecho los acuerdos impugnados, con imposición de costas