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AP Madrid, Sec. 14.ª, 248/2021, de 28 de junio. Recurso 35/2021

Ponente: SAGRARIO ARROYO GARCIA
SP/SENT/1113954
 Que el local no haya sido convocado a las juntas y no se le pase al cobro cuotas comunitarias no impide que sea considerado parte de la comunidad conforme a la división horizontal y haya de soportar la servidumbre para instalación de ascensor
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Coslada se dictó Sentencia de fecha 16/04/2020, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "1). Estimar la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales, Dª. Cristina García Palomino, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble sito en Coslada (Madrid), C/ AVENIDA000 NUM000. 2). Condenar a BARRAL 4 S.L a soportar en el local de su propiedad, finca registral NUM001, con el número uno de la división horizontal, la constitución de servidumbre forzosa e imprescindible para la instalación de ascensor, consistente en la ocupación de 2,3 m2 por 2,06 m2, en los términos establecidos en el PROYECTO DE IMPLANTACIÓN DE ASCENSOR (Doc. 13 de la demanda). 3). Condenar a BARRAL 4 S.L a permitir el acceso a su local para la realización de lo establecido en el punto anterior, así como todas las actuaciones necesarias al antedicho fin. 4). Establecer una indemnización a favor de BARRAL 4, y a cargo de la comunidad demandante, a determinar, en su caso, en trámite de ejecución de sentencia, con sujeción a los criterios establecidos en el segundo párrafo del FUNDAMENTO DE DERECHO CUARTO de la presente resolución. 5). Condenar a BARRAL 4 S.L al abono de las costas del presente procedimiento".
SEGUNDO.- Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de la demandada, al que se opuso por la representación de la demandante, y tras dar cum