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TS, Sala Primera, de lo Civil, 148/2016, de 10 de marzo. Recurso 268/2014

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ
SP/SENT/844730
 Procede la instalación de la cabina salvaescaleras, y la reducción de la anchura del portal, para que el espacio que se segrega de éste se anexione al local comercial y así vea compensada la privación del semisótano
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 La instalación de la plataforma elevadora sería la opción menos gravosa para la eliminación de barreras, pero dada su situación no sería posible al carecer de protección
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- La procuradora de los Tribunales doña Natividad Santo-Tomás Zotes, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del edificio sito en la calle AVENIDA000 , nº NUM000 de Belorado, interpuso demanda de juicio ordinario contra don Carlos Daniel , doña Micaela y don Marino , suplicando al Juzgado dictase sentencia por la que:
«SUPLICO AL JUZGADO que teniendo por presentado este escrito, con los documentos acompañados y sus copias, se sirva admitirlos, tener por interpuesta Demanda de Juicio Ordinario sobre Acción Reivindicatoria de Dominio y, subsidiaria Acción de Constitución o Establecimiento de Servidumbre Imprescindible para la Creación de Servicios Comunes de Interés General (Ascensor a Cota Cero, con eliminación de Barreras Arquitectónicas) por D. David , en nombre de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO NUM000 DE LA AVENIDA000 DE BELORADO, contra D. Carlos Daniel , su esposa D Florinda , D. Micaela y su esposo, D. Marino que serán emplazados en el domicilio que consta en el encabezamiento, al objeto de que comparezcan si a su derecho conviniere y, previos los trámites legales oportunos, se dicte Sentencia por la que:
A.- Se declare que mi mandante, la Comunidad de Propietarios constituida sobre el edificio n° NUM000 de la AVENIDA000 de Belorado (Burgos), es la única propietaria del espacio situado por debajo del peldañeado de la escalera y l