CARGANDO...

AP Murcia, Cartagena, Sec. 5.ª, 104/2016, de 4 de mayo. Recurso 61/2016

Ponente: JOSE MANUEL NICOLAS MANZANARES
SP/SENT/859700
 El dueño del local no puede solicitar indemnización por la ocupación de una parte de su local por la instalación del ascensor cuando también se ven afectados el resto de comuneros
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el número 989/2014, se dictó sentencia con fecha 18 de diciembre de 2015 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda promovida en estos autos a instancia de LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SITA EN DIRECCION000 Nº NUM000 DE CARTAGENA representado/a por el/a Procurador/a Bernal Segado frente Pedro Francisco representado/a por el/a Procurador/a Para Conesa y del tercero ( art. 14,2 LEC ) Arturo representado/a por el/a Procurador/a Para Conesa, debo declarar y declaro que son perfectos y válidos los acuerdos adoptados en las Juntas de Propietarios de fecha 25/11/10, 22/02/11, 8/11/12, 28/02/13, para la instalación del ascensor, condenando al demandado, al cumplimiento de todos los acuerdos adoptados en las juntas reseñadas y a soportar la servidumbre de imprescindible constitución para la instalación del ascensor y las obras necesarias para llevarlo a cabo, en la forma señalada en los informes periciales aportados, con derecho a percibir como compensación económica la cantidad de 4.697,52 € a repartir según los coeficientes de participación en la comunidad, mas una indemnización dineraria para el supuesto de que, como consecuencia de la ejecución de las obras precisas, se causen daños al local previa acreditación fehaciente de los mismos, sin expresa imposición de costas".
SEGUNDO.- Contra la anterior sentenci