CARGANDO...

TS, Sala Primera, de lo Civil, 381/2018, de 21 de junio. Recurso 2302/2015. Con Comentarios

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/961085
 La cláusula que exonera a "los propietarios de las plantas baja y sótano están exentos de los gastos de portal, las escaleras y ascensores de acceso a las plantas alzadas y al servicio de calefacción" no incluye la ampliación del ascensor a cota cero
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- 1.º- La procuradora doña Mercedes Nasarre Jiménez, en nombre y representación de don Raúl , interpuso demanda de juicio ordinario, contra la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 números NUM000 - NUM002 , de Zaragoza, y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia en el sentido siguiente:
«A) Declare la nulidad del acuerdo adoptado en la Junta General de fecha 13 de Febrero de 2013, transcrito en el hecho tercero de esta demanda; y subsidiariamente de no declarar su nulidad absoluta, declare su nulidad relativa con expresa y directa referencia al reparto de las cargas derivadas de las obras de reforma del patio y ascensor que se acometan en su día, declarando que el local propiedad del demandante está exonerado de contribuir a las mismas. Y en cualquiera de los dos casos, condenando a la demanda a estar y pasar por dicha declaración.
»B) Condene a la Comunidad de Propietarios demandada a devolver al demandante todas las cantidades que éste haya satisfecho en cumplimiento del acuerdo cuya nulidad se solicita, y que a fecha de la demanda, salvo error, ascienden a la suma de 806,40 euros, hasta que el actor recobre todas las cantidades pagadas de mas por los expresados conceptos, con más sus interese legales desde esta interpelación judicial.
»C) Condene asimismo a la Comunidad demandada al pago de todas las co