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SP/DOCT/114426

Notas y Comentarios. Julio 2022

Ley 10/2022, de 14 de junio: deducción en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas

Samuel de Huerta Hernández. Director de Sepín Fiscal. Abogado
RESUMEN

La reciente Ley 10/2022, de 14 de junio convalida y confirma las medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del RD-Ley 19/2021, de 5 de octubre y la aplicación de la deducción por obras de mejora en la eficiencia energética de viviendas o edificios residenciales de hasta el 60% de su importe, dependiendo de la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, la mejora de la calificación energética o la reducción del consumo de energía primaria no renovable.

PALABRAS CLAVE

Ley 10/2022; RD-Ley 19/2021; Obras de mejora; Eficiencia energética de viviendas; Calefacción y refrigeración; Calificación energética; Reducción del consumo de energía primaria no renovable

La Ley 10/2022, de 14 de junio confirma las medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contempladas en el RD-Ley 19/2021, de 5 de octubre, confirmando la que en aquel momento constituía la principal novedad una nueva disposición adicional quincuagésima en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, posibilitando la deducción en el tributo del importe que se destine a obras de mejora en la eficiencia energética de viviendas o edificios residenciales hasta un 60% de su importe, dependiendo de la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, la mejora de la calificación energética o la reducción del consumo de energía primaria no renovable.
Estas deducciones tendrán un período de aplicación hasta el 31 de diciembre del 2022 en los supuestos de vivienda habitual y hasta el 31 de diciembre del 2023 en el caso de edificios residenciales.
En resumen, procederá la deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en la vivienda habitual o en inmueble que esté destinado o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual siempre que, en este último caso, la vivienda