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AP Barcelona, Sec. 11.ª, 446/2020, de 16 de noviembre. Recurso 230/2019. Con Comentarios

Ponente: ANTONIO GOMEZ CANAL
SP/SENT/1076207
 No se podían modificar la fachada de un local que afecta a toda la comunidad si no se tenía el consentimiento de 4/5 de los miembros que la forman
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- RESOLUCIÓN RECURRIDA.
En el juicio ordinario 730/17 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 8 de los de Vilanova i la Geltrú recayó Sentencia el día 31 de julio de 2.018 cuya parte dispositiva establece textualmente lo siguiente:
"SE DESESTIMA la demanda de Juicio Ordinario interpuesta por la representación procesal de OPTICA VILANOVA, S.L. y UNIÓN Y PADUA, S.L., y en consecuencia, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a STUDIO 84, S.L.U., de las pretensiones contra la misma dirigidas, con expresa imposición de las costas devengadas a la actora".
Segundo.- LAS PARTES EN EL RECURSO.
Contra dicha resolución íntegramente desestimatoria de su pretensión las actoras interpusieron recurso de apelación al que se opuso la interpelada en el traslado conferido al efecto. Seguidamente se emplazó a las litigantes ante la Superioridad y ambas comparecieron en tiempo y forma.
Tercero.- TRAMITACIÓN EN LA SALA.
Recibidos los autos en esta Sección, descartamos la necesidad de celebración de vista. El día 11 de noviembre de 2.020 tuvo lugar la sesión de deliberación, votación y fallo.
Cuarto.- CUMPLIMIENTO DE LOS TRÁMITES.
En la tramitación de la segunda instancia jurisdiccional se han observado todas las prevenciones legales en vigor a excepción del pl