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SP/DOCT/97902

Notas y Comentarios. Marzo 2020

Criterios para actualizar al 2020 las cuantías por accidentes de tráfico

Marta López Valverde. Directora de Sepín Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico
Con independencia, y a la espera, de que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones haga públicas por resolución las cuantías indemnizatorias actualizadas, se establecen por Sepín unos criterios para la aplicación del incremento correspondiente a determinadas tablas para facilitar su conocimiento. Ya que según el art. 49 del RDL 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (SP/LEG/2821), las actualizaciones de las cuantías y límites indemnizatorios fijados en la Ley y en sus tablas, son automáticas.
El RDL 8/2004 determina que dicho ajuste se fije según el índice de revalorización de las pensiones, que para el año 2020 se regula en el RDL 1/2020, de 14 de enero, por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del sistema de Seguridad Social (SP/LEG/28205); según el cual se incrementarán en un 0,9 por ciento los importes de las pensiones mínimas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas.
Por lo tanto, para actualizar la indemnización por accidentes de tráfico se aplica el incremento del 0,9 % a los valores de las siguientes tablas del año 2019:
TABLA 1.A – Perjuicio Personal Básico – MUERTE.
TABLA 1.B – Perjuicio Personal Particular – MUERTE.
TABLA 1.C – Per