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TJCE/TJUE, Sala Quinta, de 10 de junio de 2021. Recurso C-923/19. Con Comentarios

Ponente: C. Lycourgos e I. Jarukaitis
SP/SENT/1101802
 Un remolque o semirremolque se considera por sí mismo "vehículo", y no cosa transportada o que forma un solo vehículo, aunque este enganchado a una cabeza tractora y sujeto a la obligación de aseguramiento
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 Exclusión de cobertura por el seguro obligatorio de la circulación de los daños materiales causados por la cabeza tractora de un camión al semirremolque enganchado a él cuando tuvo lugar el accidente
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ANTECEDENTES DE HECHO
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 3, párrafo último, de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad (DO 2009, L 263, p. 11), en relación con el artículo 1 de esta misma Directiva.
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre Van Ameyde España, S. A. (en lo sucesivo, «Van Ameyde»), y GES, Seguros y Reaseguros, S. A. (en lo sucesivo, «GES Seguros»), en relación con una demanda de indemnización de los daños materiales causados a un semirremolque en un accidente de tráfico en el que se vio involucrado un vehículo articulado.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
La Directiva 2009/103 enuncia, en sus considerandos 1 a 3 y 20, lo siguiente:
«(1) La Directiva 72/166/CEE del Consejo, de 24 de abril de 1972, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros, sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como del control de la obligación de asegurar esta responsabilidad [(DO 1972, L 103, p. 1; EE 13/02, p. 113)], la Segunda Directiva 84/5/CEE del Consejo, de 30 de diciembr