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TS, Sala Primera, de lo Civil, 209/2018, de 11 de abril. Recurso 2942/2015

Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
SP/SENT/948833
 El ciudadano Suizo acudió al hospital como paciente privado, amparado por una póliza de seguro sanitario privada, por lo que el hospital para cobrar la asistencia realizada debe aplicar la legislación española
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 Hubo actos propios de la aseguradora que llegó a pagar parcialmente la factura reclamada y creó en la Clínica una confianza en la cobertura económica de los servicios médicos prestados y la indujo a continuar prestándolos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- El procurador D. José María Ramírez Bercero, en nombre y representación de Gestitursa Levante S.L., interpuso demanda de juicio ordinario contra ANWB (Real Touring Club de los Países Bajos), en la que solicitaba se dictara sentencia:
«por la que condene a la demandada a abonar a mi mandante la referida cantidad (DIECINUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO EUROS CON TRECE CÉNTIMOS (19.178,13€;) con más los intereses legales oportunos todo ello, con imposición de las costas causadas en el presente procedimiento».
2.- La demanda fue presentada el 4 de julio de 2012 y repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de El Prat de Llobregat, fue registrada con el n.º. 278/2012 . Una vez admitida a trámite, se emplazó a la parte demandada.
3.- El procurador D. Antonio Mª Anzizu Furest, en representación de ANWB (Real Touring Club de los Países Bajos), contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitaba:
«[...] se dicte sentencia absolviendo a mi representado de todos los pedimentos deducidos de contrario, todo ello con expresa imposición de costas a la parte apelante».
4.- Tras seguirse los trámites correspondientes, la magistrada-juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de El Prat de Llobregat dictó sentencia n.º 67/2013, de 27 de julio , con la siguient