Recurso 1659/1992. Ponente: RICARDO ENRIQUEZ SANCHO.
VISTO el recurso de apelación, que ante Nos pende, interpuesto por Don F.R.R., representado por el Procurador Don E.S.T., con la asistencia de Abogado, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de fecha 20 de noviembre,de 1991, sobre requerimiento de demolición de obras efectuadas sin licencia, habiendo comparecido como parte recurrida el Ayuntamiento de Esplugas de Llobregat, representado por la Procuradora Doña M.L.A.M., con la asistencia de Abogado.
PRIMERO.-Por acuerdo de 12 de julio de 1989 el Ayuntamiento de Esplugas de Llobregat requirió a Don F.R.R. para que procediera a la demolición de determinadas obras efectuadas sin licencia en el inmueble sito en la Avenida Antón Fortuny nº, 10, e interpuesto recurso de reposición contra él fué desestimado por acuerdo de 13 de septiembre de 1989.
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso por Don F.R.R., recurso contencioso administrativo que fue tramitado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, con el nº 144/90, en el que recayó sentencia de fecha 20 de noviembre de 1991, por la que se desestimaba el recurso interpuesto.
TERCERO.- Frente a la anterior sentencia se ha interpuesto el presente recurso de apelación, en el que, una vez admitido y tramitado conforme a las prescripciones legales se ha señalado para la votación y fallo el dia 6 de noviembre de 1997, fecha en la que se ha llevado a cabo el a
cto.PRIMERO.- Se pretende en este recurso de apelación la revocación de la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 20 de noviembre de 1991, que desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por Don F.R.R.contra acuerdo del Ayuntamiento de Esplugas de Llobregat por el que se le requería para que procediera a la demolición de determinadas obras efectuadas sin
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