La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Madrid, en fecha 10 de noviembre de 2011, se dictó sentencia y con fecha 7 de diciembre de 2011 se dictó auto de aclaración, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda promovida por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 AL NUM001 Y DE LA CALLE DIRECCION001 Nº NUM002 A NUM003 DE MAJADAHONDA, DON Candido , DON Hermenegildo , DON Remigio , DON Pablo Jesús , DON Braulio , DON Heraclio , DOÑA Julia , DON Rodrigo , DOÑA Zulima , DON Jesus Miguel , DON Ildefonso , DON Santos , DON Adriano , DON Eugenio , DON Mauricio y DON Cecilio , representados por el procurador Dª. SUSANA TELLEZ ANDREA y asistidos por el letrado Dª. MARIA JESUS GARCIAM ARINAS contra CONSTRUCTORA SAN JOSE S.A. representada por el procurador D. JORGE LAGUNA ALONSO y asistida por el letrado D. JORTE CAMPOAMOR SUAREZ, D. Jorge , represento por el procurador Dª. MARIA JESUS PINTADO DE OYAGÜE y asistido por el letrado D. DANIEL NUÑEZ NAVARRO, D. Domingo Y ARCH INSURANCE COMPANY (EUROPA), representados por el procurador Dª. MARIA JESUS PINTADO DE OYAGÜE y asistidos por el letrado Dª. CARMEN JODRAL CASTILLO, D. Sixto Y CASER (CAJA DE SEGUROS REUNIDOS S.A.), representados por el procurador Dª. ADELA CANO LANTERO y asistidos por el letrado D. ROBERTO RODRIGUEZ MORELL, con la intervención provocada
de D. Elias , representado por el procurador d. PEDRO VILA RODRIGUEZ y asistido por el letrado D. JOSE ANTONIO PEDREIRA LOPEZ-MEMBIELA y de LA ENTIDAD GESTORA DE COOPERATIVAS INMOSTAFF S.L., representada por el procurador Dª. BELEN AROCA FLOREZ y asistida por el letrado D. MARIO CARREÑO LOPEZ debo condenar y condeno a la CONSTRUCTORA SAN JOSE a que indemnice a los actores en la cantidad de 122.228,63 euros conforme al desglose que se realiza en