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AP Alicante, Sec. 5.ª, 200/2013, de 15 de mayo. Recurso 523/2012

Ponente: JOSE LUIS UBEDA MULERO
SP/SENT/728600
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 No puede alegarse consentimiento tácito de la comunidad de propietarios respecto de la instalación de aparatos de aire acondicionado cuando desde el inicio se viene discutiendo en las juntas sobre dicha instalación y las molestias que originan
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Alicante, en los autos de Juicio Ordinario núm. 1458/2011, se dictó en fecha 2 de mayo de 2012 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios " DIRECCION000 " de El Campello debo condenar y CONDENO a don Desiderio y doña Tarsila a retirar los dos aparatos de aire acondicionado y elementos anejos a los mismos (anclajes metálicos, conductos, tornillería) de la fachada exterior trasera del bloque NUM000 , escalera NUM001 , piso NUM002 del DIRECCION000 de El Campello, devolviéndola a su estado primigenio, reparando la misma y ejecutando, a su costa, todas las obras e instalaciones precisas, y con imposición de las costas de esta instancia a la parte demandada."
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, habiéndose tramitado el mismo por escrito en el Juzgado de procedencia, en la forma introducida por la Ley 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente Rollo de apelación número 523/2012 , señalándose para votación y fallo el pasado día 14 de mayo de 2013, en que tuvo lugar.
TERCERO.- En esta segunda instancia se solicitó prueba testifical y pericial por la parte apelante, que fue denegada, sin que contra tal acuerdo se interpusiera recurso de reposición
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