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Administrador de Fincas

AP Pontevedra, Sec. 3.ª, 311/2016, de 17 de noviembre. Recurso 188/2016

Ponente: JAIME ESAIN MANRESA
SP/SENT/883287
Gestión Documental
 No se precisa autorización del resto de comuneros para pintar una fachada ni para colocar aparatos de aire acondicionado en el local cuando está previsto en los estatutos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Cangas do Morrazo, se dictó sentencia de fecha 6 de febrero de 2015 , cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Se estima parcialmente la demanda interpuesta por Don Miguel Ángel , representado por el procurador de los tribunales Sr. Rivas Gandasegui. Contra Dña Vicenta representada por el procurador de los Tribunales Sr. González Garcia.
Se declara: El terreno que rodea el edificio por todos sus vientos es terreno común incluido el terreno de socalcos sito al norte o parte posterior de la finca, condenándose a la demandada a estar y pasar por esta declaración y a no poner obstáculos o impedir en el futuro el uso de la misma al actor.
La construcción de la caseta y el muro de contención de tierras en el viento Oeste o fachada lateral izquierda supone una alteración o modificación de los elementos comunes condenando a la demandada a la demolición de dichas obras retirada del terreno al momento anterior a la ejecución de las mismas y retirada inmediata de todos los materiales de construcción ahí depositados y a dejar en el futuro el paso libre y expedito por el paso por este viento al viento norte.
La construcción en el terreno de la parte posterior del edificio de una caseta para asador y de un cierre de valle metálica para delimitación del espacio con caseta para perrera y construcción de caseta supone una alteración de elementos comunes condenando a la d
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