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SP/DOCT/111455

Cuadro Comparativo. Abril 2021

Comparativa entre la la Ley 1/2021, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género y el Real Decreto-Ley 12/2020, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género.

Departamento Jurídico de Sepín Violencia Doméstica y de Género
RESUMEN

Con motivo del estado de alarma originado por la crisis sanitaria derivada de la pandemia COVID-19 y en apoyo al colectivo vulnerable que suponen las víctimas de violencia de género, se aprobó con carácter urgente el Real Decreto-Ley 12/2020, de 31 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género (SP/LEG/29029), publicado en el BOE, medidas que pueden consultarse en el “Resumen de las medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género aprobadas por RD-ley 12/2020, de 31 de marzo” (SP/DOCT/104303).

La Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género (SP/LEG/33261), tiene el mismo contenido del Real Decreto-Ley 12/2020 con algunas modificaciones, especialmente añadidos en su redacción, que son enmiendas aprobadas durante su tramitación.

En cuanto a estas modificaciones, agregan el enfoque de inclusión y accesibilidad en el preámbulo con reflejo en el articulado (artículos 1, 2, 3, 4 y 6). Se hace referencia a la discriminación interseccional y a la accesibilidad de derechos y servicios públicos para todas las mujeres sin discriminación (artículo 1). También se amplía la protección y asistencia de las medidas recogidas en la Ley a los menores de edad (artículo 1), incluido un seguimiento para las hijas e hijos de las víctimas de violencia de género mientras dure el estado de alarma (artículo 2). Además, se habla de reforzar los servicios que inciden en la recuperación sociolaboral y la garantía de las condiciones laborales de las víctimas de violencia de género (artículo 2). Respecto al sistema de seguimiento del cumplimiento de las medidas (artículo 4), se garantizará la protección a las víctimas y el cumplimiento de las medidas cautelares impuestas contra hombres denunciados o condenados por delitos relacionados con la violencia de género.

Se adiciona un artículo completamente nuevo en el Capítulo II de la Ley sobre las medidas para favorecer la ejecución de los fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Genero (artículo 9), sobre atención integral a las víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual.

Y, por último, se añade una disposición adicional única sobre el diálogo civil que debe presidir en las actuaciones y medidas que se deriven de lo contenido en esta ley, estableciendo que se contará con el parecer y la opinión de las mujeres a través de sus organizaciones representativas.

Due to the state of alarm caused by the health crisis resulting from the COVID-19 pandemic and in support of the vulnerable group of victims of gender-based violence, Royal Decree-Law 12/2020 of 31 March was urgently approved, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género (SP/LEG/29029), published in the BOE, measures that can be consulted in the "Resumen de las medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género aprobadas por RD-ley 12/2020, de 31 de marzo" (SP/DOCT/104303).

Law 1/2021, of 24 March, on urgent measures for the protection of and assistance to victims of gender violence (SP/LEG/33261), has the same content as Royal Decree-Law 12/2020 with some modifications, especially additions to its wording, which are amendments approved during its processing.

As regards these modifications, they add the inclusion and accessibility approach in the preamble and are reflected in the articles (Articles 1, 2, 3, 4 and 6). Reference is made to intersectional discrimination and accessibility of rights and public services for all women without discrimination (Article 1). It also extends the protection and assistance measures contained in the Law to minors (Article 1), including monitoring for the children of victims of gender-based violence for the duration of the state of alarm (Article 2). In addition, there is talk of reinforcing the services that have an impact on the socio-labour recovery and the guarantee of working conditions for victims of gender violence (Article 2). Regarding the system for monitoring compliance with the measures (Article 4), the protection of victims and compliance with the precautionary measures imposed against men denounced or convicted for crimes related to gender violence will be guaranteed.

A completely new article is added to Chapter II of the Law on measures to favour the implementation of the funds of the State Pact against Gender Violence (Article 9), on comprehensive care for victims of trafficking in human beings for the purpose of sexual exploitation.

Finally, a single additional provision is added on the civil dialogue that must preside in the actions and measures derived from the contents of this law, establishing that the opinion and opinion of women will be taken into account through their representative organisations.

PALABRAS CLAVE

medidas urgentes, violencia de género, víctimas, mujeres, discapacidad, menores de edad

emergency measures, gender-based violence, victims, women, disability, minors