Artículo Monográfico. Junio 2018
La frágil línea de la violencia y la intimidación en los delitos sexuales. La proyección del “no” en estas figuras delictivas: reflexiones en torno a un único delito sexual por la visión de género. Apuntes para un bien jurídico colectivo propio de una sociedad del siglo XXI
Josefa Fernández Nieto. Letrado de la Administración de Justicia. Ex Punto contacto RECILAJ. Doctora en Derecho. Profesora de Universidad
RESUMEN
El objetivo propuesto en este trabajo es analizar desde un recorrido histórico legislativo los conceptos y los difusos límites de la violencia e intimidación en los tipos de delitos sexuales (agresión contra abuso sexual), partiendo de la más reciente doctrina jurisprudencial, desembocando en una reflexión realista sobre los caminos que habrá de tomar la reforma legal sobre este tipo de delitos, dada la realidad de los tiempos que corren. Se analizan desde la doctrina jurisprudencial los tipos de la agresión y del abuso sexual, centrándose en los criterios distintivos de la violencia, intimidación y prevalimiento.
Es interesante destacar que la presencia de tipos de recogida como son los actuales delitos sexuales generan cierta desconfianza en la realidad social, llegando a concluir que quizá sería pertinente una reforma como la que han adoptado países de nuestro entorno, otorgando mayor relevancia al consentimiento de la víctima en la esfera de su autodeterminación individual.
En el presente trabajo se aporta una propuesta para reformar el Código Penal, no nueva, en la línea del camino de otras legislaciones europeas, asentándose como criterio revelador y determinando en la tipificación de los delitos sexuales, la libre decisión de la víctima y el valor del “no”, sobre la consecuente necesidad de la reflexión más profunda en el tratamiento de la visión de género que hay que dar a estos delitos, adaptándose a los nuevos tiempos de la sociedad penal.