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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 79/2020, de 26 de febrero. Recurso 2478/2018. Con Comentarios

Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
SP/SENT/1040484
 El delito de maltrato de obra también lleva aparejada la prohibición de aproximación, al estar incluido en las rúbricas que cita el art. 57 CP
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 4 de Madrid incoó Diligencias Previas, Procedimiento Abreviado núm. 552/2016 por delito de maltrato en el ámbito familiar e injurias leves y lesiones en el ámbito familiar, contra D. Ezequias; una vez concluso lo remitió al Juzgado de lo Penal número 33 de Madrid, (P.A. núm. 43/2017) quien dictó Sentencia en fecha 30 de noviembre de 2017 que contiene los siguientes hechos probados:
"Ha quedado acreditado, que el acusado Ezequias, mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, el día 30 de julio de 2016, sobre las 17:30 horas, después de mantener una acalorada discusión con su esposa Blanca, en el locutorio que regentaba esta, sito en la CALLE000 n° NUM000 de Madrid, y en presencia de su hija menor de edad Rebeca, con ánimo de menoscabar su integridad física la agredió en la cara y en la cabeza con un móvil, mientras la gritaba "Vieja, borracha, no vales para nada, ójala te mueras", mediando su hija para tratar de calmarlo a quien también el acusado con idéntico ánimo le propinó un manotazo en la cara, sin que conste que sufriera lesión alguna.
A consecuencia de la agresión proferida a Blanca, ésta sufrió lesiones consistentes, en contusión en región parietal izquierda, contractura muscular cervical y hematoma puntiforme de 2x2 cm en brazo izquierdo, que precisaron para su curación una primera asistencia facultativa, tardando en sanar 4 días no