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AP Cáceres, Sec. 2.ª, 92/2014, de 10 de marzo. Recurso 243/2014

Ponente: VALENTIN PEREZ APARICIO
SP/SENT/756399
 No se acredita el mal funcionamiento del GPS que llevaba el acusado para controlar la pena de alejamiento: se le condena por delitos de desobediencia y quebrantamiento de condena
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Que por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Plasencia, en el procedimiento reseñado al margen seguido por un delito de Quebrantamiento de condena , contra Artemio se dictó Sentencia de fecha treinta y uno de enero de dos mil catorce, cuyos hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS: " PRIMERO.- Ha quedado probado y así se declara que Artemio (mayor de edad y con antecedentes penales) fue condenado en sentencia de 18 de octubre de 2011 dictada por el Juzgado de Instrucción núm. 4 de Plasencia en diligencias urgentes núm. 156/11 , como autor de un delito de lesiones en el ámbito fan (violencia de género), imponiéndole entre otras la pena de prohibición de acceder y comunicar con la víctima del delito, Aurora . »El día anterior, en auto del mismo Juzgado, se acordó una orden de protección a favor de Aurora , para cuyo seguimiento se instaló un mecanismo de c electrónico de proximidad, dotado de un brazalete transmisor de radiofrecuencia ajustado al tobillo, así como un dispositivo 2track de rastreo GPS que proporciona la ubicación del acusado y está obligado a llevar siempre, el cual cuenta con un cargador para la red eléctrica, informándole de todas las medidas de cuidado que debía mantener para estar siempre localizado. El auto en que así se acordaba le fue notificado a Artemio , advirtiéndole que la retirada sin autorización judicial dispositivo electrónico de control daría lugar a la comisión de un delito dE desobediencia a la autoridad.
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