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TS, Sala Primera, de lo Civil, 23/2017, de 17 de enero. Recurso 3299/2015

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/887125
 La condena del padre por amenazas a su pareja y a la familia de ella y la prohibición de comunicación impiden fijar la custodia compartida, que requiere una relación que permita el intercambio de información y un consenso en beneficio de los menores
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- La procuradora Dña. María José Sebastián Fabra, en nombre y representación de Dña. Concepción , interpuso demanda de juicio verbal sobre solicitud de adopción de medidas paterno-filiales y económicas contra D. Roque y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia:
«Por la que reconociendo la ruptura de la unión paramatrimonial:
1.°) Que la guarda y custodia del menor Andrés , se atribuya a la madre, Doña Concepción , manteniéndose la patria potestad compartida entre ambos.
2.°) Que se fije en concepto de alimentos para el hijo a pagar por el padre, la cantidad de doscientos euros mensuales, cantidad que sufrirá anualmente la misma variación que experimente el IPC y que con arreglo al artículo 148 del Código Civil , se interesa que se fije desde la fecha de la interposición de la demanda.
Del mismo modo, el padre deberá abonar la mitad de los gastos médicos del menor no cubiertos por la Seguridad Social; y los escolares, tales como colegios, matrículas, material, libros, excursiones, profesores particulares, actividades extraescolares, no cubiertos por el sistema público de enseñanza; así como la mitad de los gastos extraordinarios del menor.
3.°) Que, atendiendo al interés del menor, se establezca el siguiente régimen de visitas. Previo a establecer un régi