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TS, Sala Primera, de lo Civil, 213/2021, de 19 de abril. Recurso 3956/2017

Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
SP/SENT/1095164
RESUMEN

Contrato de préstamo en que el prestatario no es consumidor. Examen de la cualidad de consumidores de los fiadores.

 La cláusula suelo fue negociada por las partes durante dos meses, consultando el prestatario con otras entidades, superando el control de transparencia no procede declarar su nulidad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- La procuradora Dª María José Conde González, en nombre y representación de D.ª Josefa, D. Alfredo y D.ª Lorena, interpuso demanda de juicio ordinario contra Abanca Corporación Bancaria S.A., en la que solicitaba se dictara sentencia por la que:
"1.- Declare la nulidad de pleno derecho, en base a los motivos y acciones que se ejercitan y recogidas en las letras A), B) y C) del apartado segundo del fundamento jurídico VII de la demanda o, alternativamente, declare la no incorporación al contrato en base a los motivos y a la acción que se ejercita recogida en la letra D) del apartado segundo del fundamento jurídico VII de la demanda, de las cláusulas descritas contenidas en la escritura de préstamo hipotecario de fecha 1 de junio de 2006, otorgada ante el Notario de Ourense D. Fernando Martínez Gil Fluxá con número 975 de protocolo a que se hace referencia en el hecho primero de la demanda. La cláusula cuya nulidad se pretende se recoge en el hecho segundo de la demanda y es la siguiente:
No obstante la variación pactada, el tipo de interés nominal aplicable no podrá ser inferior al cuatro con cinco décimas por ciento (4,5%), ni superior al doce por ciento (12%).
En consecuencia condene a la demandada a la devolución a la demandante de cuantas cantidades haya cobrado hasta la fecha y cuantas cantidades cobre hasta la resolución de